Sí. El RD 486/1997 establece disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a todos los lugares de trabajo, lo que incluye supermercados, tiendas y centros logísticos del comercio.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



