No. La normativa establece que los EPIs son complementarios. Se deben aplicar primero medidas colectivas y organizativas (aislamiento, seccionamiento, señalización), y solo si es inevitable, usar EPIs.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



