Cuando detecta un riesgo grave e inminente para la seguridad de los trabajadores, puede ordenar la suspensión inmediata de la actividad hasta que se adopten las medidas necesarias.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



