La imprudencia profesional/exceso de confianza no exime al empresario; debe preverla. Solo la imprudencia temeraria puede romper el nexo causal y liberar de responsabilidad si el empresario actuó diligentemente.
¿Es obligatoria la formación específica para quienes manipulan cargas?
Sí. El artículo 4 del RD 487/1997 y el artículo 19 de la LPRL obligan al empresario a proporcionar formación e información específica y actualizada...



