La imprudencia profesional/exceso de confianza no exime al empresario; debe preverla. Solo la imprudencia temeraria puede romper el nexo causal y liberar de responsabilidad si el empresario actuó diligentemente.
¿Es necesario documentar el cumplimiento del RD 1215/1997?
Sí. Es necesario conservar evidencia documental de las inspecciones de seguridad, mantenimiento, evaluaciones de riesgos, formación, instrucciones...



