Sí. La Ley 31/1995 (LPRL) es aplicable a los trabajadores desplazados a España en el marco de una prestación de servicios transnacional, pero limitada a las disposiciones mínimas de protección previstas en la Directiva 96/71/CE.
El ruido en el trabajo: la responsabilidad de la empresa y del técnico de prevención
En muchas empresas, la prevención frente al ruido todavía se resume en una caja de tapones, algunas orejeras y un cartel obligatorio de “uso de protección auditiva”....





