Sí. A falta de exclusión expresa, se aplica la normativa preventiva general a todo el personal que preste servicios a bordo, ya sea técnico, operativo o turístico.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



