Sí. La Ley 10/2021 establece que las empresas deben garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en remoto, mediante evaluación de riesgos, planificación preventiva y formación adaptada a las condiciones del teletrabajo.
¿Qué obliga el art. 15.4 LPRL al empresario respecto a imprudencias no temerarias?
Debe prever distracciones e imprudencias no temerarias al diseñar las medidas preventivas.



