Sí. El incumplimiento de las obligaciones preventivas puede considerarse infracción grave conforme al RD Legislativo 5/2000. La jurisprudencia respalda esta responsabilidad aunque el trabajador cometa una imprudencia no temeraria.
¿Qué normativa regula la coordinación de actividades empresariales en PRL?
El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, desarrolla el artículo 24 de la LPRL y regula la coordinación de actividades empresariales (CAE) cuando en...



