Sí. El incumplimiento de las obligaciones preventivas puede considerarse infracción grave conforme al RD Legislativo 5/2000. La jurisprudencia respalda esta responsabilidad aunque el trabajador cometa una imprudencia no temeraria.
¿Qué es una revisión de riesgos?
Es el proceso periódico de analizar si los riesgos previamente identificados siguen siendo válidos y si las medidas aplicadas siguen siendo...



