No. La ley establece un máximo de 6 horas en el interior, con descansos específicos. Superar ese límite vulnera la normativa de prevención de riesgos laborales.
¿Qué papel juega la coordinación de actividades empresariales en este entorno?
Es esencial. El artículo 24 de la LPRL obliga al titular de la instalación a coordinar la prevención entre todas las empresas concurrentes,...



