No. La ley establece un máximo de 6 horas en el interior, con descansos específicos. Superar ese límite vulnera la normativa de prevención de riesgos laborales.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



