No. La ley establece un máximo de 6 horas en el interior, con descansos específicos. Superar ese límite vulnera la normativa de prevención de riesgos laborales.
¿Por qué una misma norma de Prevención de Riesgos Laborales puede interpretarse de forma diferente según el caso?
Porque la PRL se adapta al contexto: el sector, tipo de tarea, nivel de riesgo, tamaño de la empresa, ubicación, condiciones del trabajador y...



