No. La ley establece un máximo de 6 horas en el interior, con descansos específicos. Superar ese límite vulnera la normativa de prevención de riesgos laborales.
¿Cuándo se considera que hay negligencia del técnico de prevención?
Cuando no adapta la formación a los riesgos específicos del puesto, no la actualiza, la ofrece de forma meramente formal o no documenta...



