Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué normativa exige la evaluación ergonómica específica en trabajos con alta carga repetitiva como el planchado?
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en sus artículos 14 y 15, exige una protección eficaz y la evaluación específica de...



