Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué documentos pueden ser requeridos por la Inspección de Trabajo para comprobar la correcta gestión preventiva?
Evaluación de riesgos, planificación preventiva, registros de formación, entregas de EPIs, resultados de vigilancia de la salud, instrucciones...



