Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué tipos de pruebas pueden solicitar los tribunales para acreditar la diligencia preventiva de la empresa?
Registros de formación, partes de entrega de EPIs, evaluaciones individuales de riesgos, actas de reuniones, informes médicos, revisiones periódicas...



