Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué papel tienen los convenios colectivos en la prevención de riesgos laborales del sector de seguridad privada?
Los convenios colectivos nacionales establecen disposiciones adicionales en materia de prevención de riesgos laborales que deben cumplirse...



