Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué medios de coordinación puede establecer la empresa titular?
La empresa titular puede designar personas encargadas de la coordinación preventiva, establecer reuniones periódicas, definir protocolos de...



