Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué defensa puede alegar la empresa ante una reclamación por exposición al sílice?
Puede argumentar que adoptó todas las medidas preventivas exigidas y que no hubo exposición significativa o fue ocasional. Pero debe acreditarlo con...



