Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué papel juega la coordinación de actividades empresariales en este entorno?
Es esencial. El artículo 24 de la LPRL obliga al titular de la instalación a coordinar la prevención entre todas las empresas concurrentes,...



