Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué tipos de sanciones puede imponer la Inspección de Trabajo en materia de prevención?
Según la LISOS, las infracciones pueden clasificarse como leves, graves o muy graves, con sanciones económicas desde los 45 hasta más de 800.000...



