Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Están cubiertos los riders o repartidores de plataformas digitales por algún convenio?
Existe debate, pero algunos tribunales han aplicado el convenio estatal de mensajería a repartidores de plataformas como Amazon cuando la empresa no...



