Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué consecuencias legales puede tener una formación preventiva insuficiente?
La insuficiencia de formación puede considerarse infracción muy grave, sancionable y causa de recargo de prestaciones, según la jurisprudencia del...



