Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué relevancia tiene la jurisprudencia en la prevención de riesgos laborales?
La jurisprudencia de los tribunales españoles consolida la aplicación práctica de la normativa, interpreta casos complejos y refuerza la...



