Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué se entiende por empresa titular del centro de trabajo?
Es la empresa que tiene la capacidad de gestión sobre el centro de trabajo donde se desarrollan actividades, aunque no sea la propietaria. Tiene...



