Sí. Según el Reglamento (CE) 852/2004, cualquier persona que manipule alimentos debe tener formación en higiene alimentaria, incluyendo camareros, repartidores, monitores o personal que sirva comidas. La forma de acreditarlo varía según el país, pero el requisito es común en la Unión Europea.
¿Qué exige el RD 1217/2024 respecto a instalaciones nucleares y radiactivas?
Establece el régimen de autorizaciones, registro en el CSN, diseño con protección radiológica incorporada, vigilancia continua, planes de emergencia...



