Sí. La vigilancia de la salud es obligatoria cuando exista riesgo para la salud por la exposición a productos químicos peligrosos (art. 22 de la LPRL y RD 374/2001, art. 6).
¿Qué exige el RD 1217/2024 respecto a instalaciones nucleares y radiactivas?
Establece el régimen de autorizaciones, registro en el CSN, diseño con protección radiológica incorporada, vigilancia continua, planes de emergencia...



