Sí. La vigilancia de la salud es obligatoria cuando exista riesgo para la salud por la exposición a productos químicos peligrosos (art. 22 de la LPRL y RD 374/2001, art. 6).
¿Qué cambios normativos recientes debo vigilar en materia de agentes químicos peligrosos?
La modificación del RD 665/1997 por el RD 612/2024, que introduce ajustes en las obligaciones de control y registro para agentes cancerígenos,...



