Si el evento implica obras de construcción o riesgos significativos, es obligatorio un estudio o estudio básico de seguridad, conforme al Real Decreto 1627/1997.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



