Sí, la consulta y participación de los representantes de los trabajadores y los delegados de prevención es obligatoria en la adopción de medidas que afecten a la seguridad y salud de la plantilla, incluyendo adaptaciones específicas.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



