Sí. La empresa debe realizar una evaluación ergonómica específica en aquellos puestos con manipulación manual de cargas, movimientos repetitivos o posturas forzadas, conforme al RD 487/1997 y el RD 39/1997.
¿Qué ocurre si no hay relación laboral formal con el trabajador de plataforma?
Aunque no haya contrato laboral, si hay una inserción organizativa relevante, puede haber exigencia de medidas preventivas. La tendencia...



