Sí. Deben designarse trabajadores encargados de primeros auxilios y formación específica, tal como establece el RD 39/1997, Art. 20.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



