Sí. El artículo 4 del RD 487/1997 y el artículo 19 de la LPRL obligan al empresario a proporcionar formación e información específica y actualizada sobre los riesgos y las medidas preventivas en la manipulación de cargas.
¿Qué papel tiene la formación preventiva en la formación profesional y el acceso al teletrabajo?
Es obligatoria en la formación profesional y requisito previo en el teletrabajo del sector público, conforme a la normativa vigente.



