Sí. El artículo 4 del RD 487/1997 y el artículo 19 de la LPRL obligan al empresario a proporcionar formación e información específica y actualizada sobre los riesgos y las medidas preventivas en la manipulación de cargas.
¿Qué consecuencias legales puede tener una formación preventiva insuficiente?
La insuficiencia de formación puede considerarse infracción muy grave, sancionable y causa de recargo de prestaciones, según la jurisprudencia del...



