Sí. El artículo 4 del RD 487/1997 y el artículo 19 de la LPRL obligan al empresario a proporcionar formación e información específica y actualizada sobre los riesgos y las medidas preventivas en la manipulación de cargas.
¿Qué riesgos deben evaluarse en el trabajo de reparto urgente?
Deben evaluarse riesgos como accidentes viales, carga y descarga, fatiga por jornadas prolongadas, estrés por presión de entregas, y trastornos...



