Sí. Aunque el negocio sea pequeño o desde casa, la venta de alimentos al público requiere formación obligatoria. No contar con ella puede acarrear sanciones, cierre del negocio o responsabilidades legales en caso de intoxicación alimentaria.
¿Qué obliga el art. 15.4 LPRL al empresario respecto a imprudencias no temerarias?
Debe prever distracciones e imprudencias no temerarias al diseñar las medidas preventivas.



