Sí, cuando no es posible garantizar la seguridad mediante protección colectiva, debe utilizarse protección individual como arnés de seguridad con sistema anticaídas, conforme al RD 773/1997 y RD 1215/1997.
¿Qué consecuencias legales puede tener una formación preventiva insuficiente?
La insuficiencia de formación puede considerarse infracción muy grave, sancionable y causa de recargo de prestaciones, según la jurisprudencia del...



