Sí. El uso de EPI es obligatorio según la LPRL y el RD 159/2021, que especifica su necesidad en trabajos con exposición directa al tráfico, como auxilio, mantenimiento o reparación en carretera.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



