Sí. El uso de EPI es obligatorio según la LPRL y el RD 159/2021, que especifica su necesidad en trabajos con exposición directa al tráfico, como auxilio, mantenimiento o reparación en carretera.
¿Cuándo se considera que hay negligencia del técnico de prevención?
Cuando no adapta la formación a los riesgos específicos del puesto, no la actualiza, la ofrece de forma meramente formal o no documenta...



