Sí, en obras que cumplan ciertos criterios como duración, número de trabajadores o riesgos especiales. En obras menores se puede sustituir por un Estudio Básico de Seguridad.
¿Cuáles son las condiciones para extinguir el contrato por incapacidad permanente?
La extinción solo es válida si se cumple al menos una de estas condiciones: • No pueden hacerse ajustes razonables. • No hay puestos vacantes...



