Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
Cómo contratar e incluir a personas con discapacidad en tu empresa
Todavía persiste la idea de que las personas con discapacidad no podrán desarrollar su trabajo con eficacia. Esta es la barrera más extendida y la que más limita la...





