Sí, es obligatorio realizar una evaluación de riesgos específica que identifique los peligros reales en cada explotación ganadera, especialmente en lo relacionado con agentes biológicos y uso de equipos.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



