Sí. El artículo 5 del RD 614/2001 exige formación específica, adecuada y actualizada, en función del riesgo de la tarea y de la cualificación del trabajador.
¿Cuáles son las condiciones para extinguir el contrato por incapacidad permanente?
La extinción solo es válida si se cumple al menos una de estas condiciones: • No pueden hacerse ajustes razonables. • No hay puestos vacantes...



