Sí. La Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales exigen considerar las diferencias de género en la evaluación y gestión de riesgos laborales.
Hiperconectividad laboral: por qué se ha normalizado y cómo gestionarla desde la prevención de riesgos
La expansión de las tecnologías digitales y del trabajo híbrido ha traído ventajas innegables: mayor autonomía para decidir dónde y cuándo trabajar, más posibilidades...





