Sí. Debe incluir sustancias peligrosas y sus SDS actualizadas, según el artículo 5 del RD 374/2001.
¿Qué tipos de riesgos climáticos deben contemplarse en la evaluación de riesgos laborales?
Aumento de temperaturas extremas, fenómenos meteorológicos adversos (inundaciones, tormentas), incendios forestales y nuevas amenazas para la salud...



