Sí, es obligatorio. En panaderías y pastelerías se manipulan ingredientes sensibles como huevos, cremas o masas fermentadas. Estas actividades implican riesgos microbiológicos que requieren formación específica en higiene alimentaria, incluso si los productos son dulces o se hornean.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



