Sí. La jurisprudencia considera la responsabilidad del empresario como cuasiobjetiva. Este debe demostrar que ha tomado todas las medidas preventivas posibles para exonerarse de responsabilidad.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



