Sí. La jurisprudencia considera la responsabilidad del empresario como cuasiobjetiva. Este debe demostrar que ha tomado todas las medidas preventivas posibles para exonerarse de responsabilidad.
¿Qué ocurre si no hay una norma específica para un riesgo laboral en cruceros turísticos?
Se aplica supletoriamente la Ley 31/1995 y su normativa de desarrollo, salvo que una norma sectorial o internacional disponga lo contrario.



