Solo si han sido refrigerados correctamente, no han superado 24-48 horas desde su elaboración y alcanzan una temperatura mínima de 74 °C en el centro del alimento. Recalentamientos múltiples o inadecuados pueden aumentar el riesgo de intoxicación alimentaria.
¿Qué normativa regula la coordinación de actividades empresariales en PRL?
El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, desarrolla el artículo 24 de la LPRL y regula la coordinación de actividades empresariales (CAE) cuando en...



